El Tribunal Supremo envía al juez Calamita a las millonarias listas del paro

juez calamita

Se lo hemos escuchado a don Fernando Ferrín Calamita: “Voy a pasar a engrosar  la lista de los cuatro millones de parados que hay en España»»Se me ha agravado la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, pues el Supremo ha incrementado mi inhabilitación de dos a diez años, pero a esos diez hay que sumar otros tres más que tarda en extinguirse la anotación en el registro de penados y rebeldes, y como tengo 52 años de edad, me pondría ya en los 65″

El juez Calamita va a pagar por un delito de prevaricación  por su actuación en el expediente de adopción de una menor por una mujer lesbiana aunque no se encuentra solo a juzgar por lo que escribe en el blog de la Plataforma pro juez Calamita:

“Pero con todo, considero más importante manifestar mi agradecimiento a los cientos de ciudadanos (españoles o extranjeros) que en los últimos meses me han manifestado su apoyo y sus oraciones; y muy especialmente, a los casi 300 que me han testimoniado su apoyo dejando sus mensajes en el Blog abierto por la Plataforma; a los más de 350 donantes que me han permitido poder sufragar los gastos del proceso judicial; y a los más de 11.000 visitantes de la hoja web ,que han manifestado tener interés por un proceso judicial injusto” al mismo tiempo que afirma que siempre actuó en defensa del interés de la menor:»tengo la conciencia muy tranquila y duermo muy bien, que es lo más importante, y estoy seguro que el verdadero Juez Supremo, ante el que todos compareceremos más pronto o más tarde, me absolverá»

Pasa así a formar parte de la exclusiva nómina de magistrados condenados por hechos delictivos de diversa gravedad, entre los que nos viene a la memoria un par de ellos, uno seguramente aún en la cárcel y el otro ejerciendo la abogacía. El condenado a prisión fue Lluis Pascual Estevill: El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), a nueve años y cuatro meses   por delitos de cohecho, prevaricación y detención ilegal.

Y Javier Gómez de Liaño condenado por prevaricación y apartado de la carrera judicial aunque posteriormente fuese indultado por Aznar y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considerase que en el juicio a que fue sometido hubo una violación
del art. 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales que establece que «toda persona tiene derecho a que su causa sea oída … por un tribunal independiente e imparcial» pero que no le absolvió
de los delitos por los que fue condenado ni anuló las sentencias del Tribunal Supremo ni del Constitucional, limitándose a imponer al Estado una multa de 5.000 euros. La multa de 5.000 euros fue en concepto de «daños morales.

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